AGENDA EDUCATIVA – Septiembre 2008


MES DE LA EDUCACIÓN

VIERNES 11 Día del Maestro
DOMINGO 13 Día del Bibliotecario
JUEVES 17 Día del Profesor
LUNES 21 Día del Estudiante


8. Día Internacional de la Alfabetización (1).
11. 121 Aniversario del fallecimiento de Domingo Faustino Sarmiento Día del Maestro. Asueto para todos los Niveles del Sistema Educativo.
12. Día del Bibliotecario (2).
16. Día de los Derechos del Estudiante Secundario. En recordación del Aniversario de «La Noche de los Lápices» (3).
17. Día del Profesor (4).
18. Día Internacional de la Paz (5).
19. 1.er día de Rosh Hashaná. Año Nuevo Judío (2).
20. 2.do día de Rosh Hashaná. Año Nuevo Judío (6). Culminación del Mes de Ayuno. Ramadán (7).
21. Día del Estudiante (8).
27. Día de la Prevención del Maltrato Infanto-Juvenil (10). Día del Derecho a Jugar (11).
28. Yom Kippur (Día del Perdón. Religión Judía) (6).


REFERENCIAS:

(1) En su Resolución N. º 56/116, la Asamblea General proclamó el decenio 2003 2012 como «Decenio de las Naciones Unidas para la Alfabetización». El siguiente año, en la Resolución N. º 57/166 recibió con beneplácito el Plan de Acción Internacional para la Década y puso en manos de la UNESCO la coordinación de las actividades emprendidas en el plano internacional.
(2) El día 13 de septiembre fue establecido como «Día del Bibliotecario» por el Congreso de Bibliotecarios reunidos en Santiago del Estero en el año 1942 y fue instituido como «Día del Bibliotecario«, en el nivel nacional, en 1954, mediante sanción del Decreto N.º 17.650/54, en homenaje a los bibliotecarios de todo el país.
(3) La Ordenanza N.º 50.834 establece: Art. 1.º: Se establece la fecha del 16 de septiembre en conmemoración a «La Noche de los Lápices», como Día de los Derechos del Estudiante Secundario, el cual quedará incorporado al calendario escolar de cada ciclo lectivo.
Art. 2. º: El acto establecido en el artículo precedente estará dirigido a los alumnos de las escuelas de Nivel Medio, en todas sus modalidades, y se constituirá como forma 2, de acuerdo a lo determinado por los artículos 153 y 154 del Reglamento Escolar.
Art. 3. º: La organización de la conmemoración estará a cargo de un grupo de alumnos que serán elegidos por el Centro de Estudiantes del establecimiento o, en su defecto, por sus pares en forma directa, quienes, además, elegirán a un miembro del cuerpo docente del área de Formación Ética y Ciudadana para coordinar las actividades. Las actividades propuestas priorizarán como objetivo por sobre la mera descripción de los hechos, el afianzamiento de la libertad, la vigencia del orden institucional, el derecho constitucional de peticionar a las autoridades y, principalmente, el derecho a la vida como valores fundamentales de la sociedad
democrática.
(4) Recuerda al profesor, orador, escritor, periodista y educador José Manuel Estrada, que nació el 13 de julio de 1842 y falleció el 17 de septiembre de 1894. Participó del Congreso Pedagógico que culminó con el dictado de la Ley N.º 1420.
(5) Declarado en 1981-Unesco.
(6) Solo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por la Ley N. º 24.571.
(7) Solo para habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por la Ley N. º 24.757. Las fechas de estas conmemoraciones son aproximadas, pues se rigen por el calendario lunar.
(8) Congreso Latinoamericano de Estudiantes realizado en Montevideo, Uruguay (1909), ante la presentación de la Federación Universitaria Argentina se declara el 21 de septiembre como «Día del Estudiante».
(9) La Ordenanza N. º 41.350 (BM 17.838-4/8/86), establece: Art. 1. º: Declárese la última semana del mes de septiembre de todos los años, como la «Semana de la
Limpieza de la Ciudad». Art. 2. º: Durante el período indicado, el Departamento Ejecutivo concentrará todos sus esfuerzos, personal, vehículos, difusión y elementos para ser afectados a la limpieza integral de la ciudad. Art. 6º En las escuelas dependientes de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, se impartirán clases alusivas a la limpieza de la ciudad.
(10) Ley N. º 617/01.
(11) Decreto N. º 1436/05. Art.1. º: Institúyase el día 27 de septiembre como «Día del Derecho a Jugar» en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comentarios

  1. Un blog actualizado y ùtil para las bibliotecas escolares.Te felicito Rafael,por ttrabajar con actualizaciòn permanente

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