Agenda Educativa. Mes de julio
CONMEMORACIONES, CELEBRACIONES Y
RECORDACIONES.
Sábado 7. Día del
Cooperativismo. La Ordenanza 39.974 establece: Art. 1.º:
Inclúyase en el Calendario Escolar de cada año en todas las escuelas primarias
dependientes del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, el 7 de julio como «Día del
Cooperativismo».
Lunes 9. Aniversario de la
Declaración de la Independencia. Feriado
Nacional Inamovible.
Miércoles 11. Día del Bandoneón. Declárese esta fecha por Ley N.º 26.035 con motivo
del Natalicio de Aníbal Troilo.
Lunes 16. Inicio del Receso Escolar de Invierno.
Miércoles 18. Día de la Solidaridad con las
Víctimas del Atentado Terrorista a la
Sede de la
AMIA-DAIA. La Secretaría
de Educación
del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires dictó la resolución N.º 1076/99 que dispone: Art. 1.º:
En cumplimiento de la Ley
193 LCBA, el 18 de julio de cada año se dará lectura en todas las
instituciones educativas de nivel primario y medio, al inicio de cada
turno, al «Texto en Homenaje a las Víctimas del Atentado a la Asociación Mutual
Israelita Argentina (AMIA) y la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas
(DAIA)», que como anexo forma parte de la presente Resolución (ver anexo
2) En caso de coincidir la fecha con el receso escolar o día inhábil, se
trasladará la actividad prevista al día hábil anterior. Art. 2.º: Las
autoridades y el cuerpo docente de las instituciones educativas de los
niveles primario y medio dispondrán la utilización del texto citado en
el artículo precedente, en situaciones de aprendizaje, con el objetivo
de alentar la memoria, generar la reflexión y promover acciones inspiradas
en los valores de libertad, justicia, verdad, tolerancia, igualdad, solidaridad
y paz, con la participación de los distintos actores de la comunidad Educativa.
Ver anexo 2.
Viernes 20. Día del Buen Compañero. La Ordenanza 48.499 determina: Art. 1.º: Institúyase el día 20 de julio
de cada año como «Día del Buen Compañero», que será incorporado al calendario
escolar de todas las escuelas dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
entregándose el premio correspondiente en el acto de fin de curso.
Art. 2.º: La elección del
destinatario del premio se efectuará anualmente, mediante el voto secreto de
los alumnos, quienes tendrán en cuenta, según el nivel de que se trate, las
virtudes personales, la aptitud para la convivencia y la colaboración grupal.
Viernes 27. Fin del receso escolar de invierno.