Agenda Educativa - Mes de julio



CONMEMORACIONES, CELEBRACIONES Y RECORDACIONES:

Domingo 7.  Día del Cooperativismo.

La Ordenanza N.°  39.974 establece: Artículo 1. °: Inclúyase en el Calendario Escolar de cada  año en todas las escuelas primarias dependientes del Gobierno de la Ciudad  de Buenos Aires, el 7 de julio como «Día del Cooperativismo».

Martes 9.  Aniversario de la Declaración de la Independencia.

Feriado nacional inamovible.

Miércoles 11.  Día del Bandoneón.

Declárese esta fecha por  Ley N.° 26.035 con motivo del Natalicio de Aníbal Troilo.

Lunes 15.  Inicio del Receso Escolar de Invierno.

Jueves 18.  Día de la Solidaridad con las Víctimas del  Atentado Terrorista a la Sede de la AMIA-DAIA.

La Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dictó la  resolución N.° 1076/99 que dispone: Artículo 1. °: En cumplimiento de la  Ley 193 LCBA, el 18 de julio de cada año se dará lectura en todas las  instituciones educativas de nivel primario y medio, al inicio de cada turno,  al «Texto en Homenaje a las Víctimas del Atentado a la Asociación Mutual  Israelita Argentina (AMIA) y la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA)»,que como anexo forma parte de la presente Resolución. En  caso de coincidir la fecha con el receso escolar o día inhábil, se trasladará  la actividad prevista al día hábil anterior. Artículo 2. °: Las autoridades y el  cuerpo docente de las instituciones educativas de los niveles primario y  medio dispondrán la utilización del texto citado en el artículo precedente, en  situaciones de aprendizaje, con el objetivo de alentar la memoria, generar la  reflexión y promover acciones inspiradas en los valores de libertad, justicia,  verdad, tolerancia, igualdad, solidaridad y paz, con la participación de los  distintos actores de la comunidad educativa.

Sábado 20.  Día del Buen Compañero.

La Ordenanza N.°  48.499 determina: Artículo 1.°: Institúyase el día 20 de julio de cada año  como «Día del Buen Compañero», que será incorporado al calendario escolar de todas las escuelas dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos  Aires, entregándose el premio correspondiente en el acto de fin de curso.  Artículo 2.°: La elección del destinatario del premio se efectuará anualmente, mediante el voto secreto de los alumnos, quienes tendrán en cuenta,  según el nivel de que se trate, las virtudes personales, la aptitud para la  convivencia y la colaboración grupal.

Viernes 26.  Fin del receso escolar de invierno.

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