Agenda educativa - Mes de julio


7. Día del Cooperativismo (1).
9. 193 Aniversario de la Declaración de la Independencia. Feriado Nacional Inamovible.
11. Día del Bandoneón (2).
18. Día de la Solidaridad con las Víctimas del Atentado Terrorista a la Sede de la AMIA-DAIA (3).
20. Día del Buen Compañero (4).


REFERENCIAS:

(1) La Ordenanza N.º 39.974 establece:
Art. 1. º: Inclúyase en el Calendario Escolar de cada año en todas las escuelas primarias dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el 7 de julio como el «Día del Cooperativismo».
(2) Declárese esta fecha por Ley N.º 26.035 con motivo del natalicio de Aníbal Troilo.
(3) La Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dictó la Resolución N. º 1076/99 que dispone: Art. 1. º: En cumplimiento de la Ley N.º 193 LCBA, el 18 de julio de cada año, se dará lectura en todas las instituciones educativas de nivel primario y medio, al inicio de cada turno, al «Texto en Homenaje a las Víctimas del Atentado a la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) y la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA)», que, como anexo, forma parte de la presente resolución. En caso de coincidir la fecha con el receso escolar o día inhábil, se trasladará la actividad prevista al día hábil anterior.
Art. 2. º: Las autoridades y el cuerpo docente de las instituciones educativas de los niveles primario y medio dispondrán la utilización del texto citado en el artículo precedente, en situaciones de aprendizaje, con el objetivo de alentar la memoria, generar la reflexión y promover acciones inspiradas en los valores de libertad, justicia, verdad, tolerancia, igualdad, solidaridad y paz, con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
(4) La Ordenanza N.º 48.499 determina: Art. 1.º:
Institúyase el día 20 de julio de cada año como el «Día del Buen Compañero», que será incorporado al Calendario Escolar de todas las escuelas dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, entregándose el premio correspondiente en el acto de fin de curso.
Art. 2. º: La elección del destinatario del premio se efectuará anualmente, mediante el voto secreto de los alumnos, quienes tendrán en cuenta, según el nivel de que se trate, las virtudes personales, la aptitud para la convivencia y la colaboración grupal.

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